Interior de planta industrial con maquinaria y sistemas de producción
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Junio 2026 · 7 min de lectura

NOM-006-STPS-2023: normas de seguridad para montacargas en México

La NOM-006-STPS fue actualizada en 2023 — y la mayoría del contenido que encuentras en internet todavía habla de la versión de 2014. La diferencia importa: la versión vigente reordena y amplía las obligaciones tanto del patrón como de los trabajadores, y cualquier empresa que use montacargas en México está sujeta a ella, independientemente de su tamaño o giro.

Esta guía está basada en la NOM-006-STPS-2023, la versión actualmente vigente. Si tu empresa tiene documentación de cumplimiento basada en la versión 2014, vale la pena revisarla.

Qué es la NOM-006-STPS y a quién aplica

La NOM-006-STPS-2023 establece las condiciones de seguridad para el almacenamiento y manejo de materiales mediante el uso de maquinaria — incluyendo montacargas de cualquier tipo. Aplica a cualquier empresa en México que opere montacargas, sin importar si el equipo es propio o rentado, si es una PYME o una empresa grande.

El cumplimiento no es opcional. La norma tiene fuerza legal y su incumplimiento puede resultar en multas, suspensión de actividades y responsabilidad civil o penal en caso de accidente.

Obligaciones del patrón

El patrón (la empresa que opera el equipo) tiene las siguientes obligaciones principales:

Programa de revisión y mantenimiento:

  • Contar con un programa documentado de revisión y mantenimiento de cada montacargas
  • Llevar registro de las revisiones realizadas (fechas, hallazgos, acciones)
  • El equipo debe tener placa visible con la capacidad máxima de carga — nunca operar sin ella

Capacitación y autorización:

  • Solo personal capacitado y autorizado por el patrón puede operar montacargas
  • La capacitación debe estar documentada (constancia DC-3 o equivalente)
  • El operador debe conocer el equipo específico que va a operar — no basta con experiencia general

Condiciones físicas del área:

  • Definir y señalizar las zonas de tránsito de montacargas
  • Separar el tráfico de montacargas del de peatones cuando sea posible
  • Instalar barreras o topes en andenes y plataformas de carga
  • Mantener pasillos con el ancho mínimo requerido para el tipo de equipo

Equipo de protección personal:

  • Proveer al operador los EPP requeridos para la operación específica
  • Verificar que el cinturón de seguridad esté funcional en cada equipo

Obligaciones del operador

El operador también tiene obligaciones directas bajo la NOM-006:

  • Realizar la inspección preoperacional antes de cada turno
  • Reportar inmediatamente cualquier condición insegura o falla del equipo
  • No operar el equipo con fallas conocidas sin autorización del supervisor
  • Respetar los límites de capacidad indicados en la placa del equipo — nunca
  • Transportar la carga a la altura correcta durante el traslado (0.15–0.20 m sobre el piso)
  • No transportar personas en las horquillas ni en el equipo fuera de la cabina
  • Usar el cinturón de seguridad en todo momento de operación
  • Respetar los límites de velocidad establecidos en el área

Requisitos de zonas de tránsito y señalización

La NOM-006 establece requisitos específicos para las áreas donde opera el montacargas:

Señalización obligatoria:

  • Límites de velocidad visibles en el área de operación
  • Señales de "Zona de Tránsito de Montacargas" en accesos
  • Marcas en el piso delimitando pasillos de equipo y áreas de peatones
  • Señales de capacidad máxima en pisos elevados, rampas y muelles

Condiciones físicas:

  • El piso debe estar en condiciones que permitan la operación segura del equipo
  • Los andenes de carga deben contar con barreras o topes en los extremos
  • Las rampas deben tener pendiente máxima compatible con el equipo utilizado

Checklist de cumplimiento NOM-006 — revisión rápida

Usa esta lista para una auditoría interna básica:

Documentación:

  • Programa de mantenimiento documentado y vigente
  • Registros de revisiones de los últimos 12 meses
  • Constancias DC-3 vigentes para todos los operadores
  • Procedimientos de operación segura por escrito

Equipo:

  • Placa de capacidad visible en cada montacargas
  • Cinturón de seguridad funcional en cada equipo
  • Jaula protectora (overhead guard) sin daños estructurales
  • Sin fugas de fluidos activas

Instalaciones:

  • Zonas de tránsito señalizadas y demarcadas en el piso
  • Barreras en andenes de carga
  • Pasillos con ancho suficiente para el equipo utilizado
  • Límites de velocidad señalizados

Qué pasa si no cumples

Inspección STPS: Las multas por incumplimiento a normas de seguridad e higiene van de 50 a 5,000 UMAS. En 2026, una UMA equivale aproximadamente a $113 MXN — el rango de multa es de $5,650 a $565,000 MXN. La reincidencia puede duplicar la multa.

Accidente con lesión: Si un trabajador se lesiona y la empresa no puede demostrar cumplimiento con la NOM, la responsabilidad patronal se amplía significativamente. El IMSS puede reclamar costos de atención médica directamente al patrón si se determina negligencia.

Clientes corporativos: Empresas como FEMSA, Walmart, Amazon y la mayoría de las transnacionales incluyen verificación de cumplimiento NOM en sus auditorías de proveedores. No cumplir puede significar perder el contrato.

Diferencia entre NOM-006-STPS-2014 y 2023

La versión 2023 actualiza principalmente:

  • Reorganiza las obligaciones del patrón y los trabajadores con mayor claridad
  • Amplía las definiciones aplicables (incluyendo más tipos de maquinaria de manejo de materiales)
  • Refuerza los requisitos de documentación del programa de mantenimiento
  • Incorpora actualizaciones en materia de ergonomía y condiciones de salud en el trabajo

Si tu empresa tiene un programa de cumplimiento basado en la versión 2014, es momento de revisarlo contra la versión vigente.

Preguntas frecuentes

¿La NOM-006 aplica si el montacargas es rentado?

Sí. La obligación es del patrón que opera el equipo, no del dueño del equipo. Si rentas un montacargas y lo operas en tus instalaciones, eres responsable del cumplimiento de la NOM — incluyendo la capacitación de tus operadores y la señalización de tus áreas.

¿Qué diferencia hay entre NOM-006-STPS y la DC-3?

La NOM-006 es la norma que establece las condiciones de seguridad requeridas. La DC-3 es la constancia que acredita que un operador completó la capacitación requerida por esa norma. Son complementarias: la NOM exige capacitación documentada; la DC-3 es la documentación.

¿Con qué frecuencia revisa la STPS el cumplimiento?

Las inspecciones pueden ser programadas (la empresa recibe aviso previo) o no programadas (verificaciones de incógnito). Las denuncias de trabajadores o accidentes reportados al IMSS también generan inspecciones. No hay un calendario fijo.

¿Gonel puede ayudarme a cumplir con la NOM-006?

Gonel no es consultor de seguridad y no vende servicios de cumplimiento normativo. Pero al entregar cualquier equipo — en renta o venta — explicamos al cliente los requisitos básicos de la NOM para ese equipo específico: capacidad de la placa, requisitos del operador y condiciones mínimas del área. Es parte de entregar bien el equipo, no solo entregarlo.

Para implementar el cumplimiento paso a paso: el checklist de mantenimiento cubre la inspección preoperacional que exige la NOM, la guía de la DC-3 explica el requisito de capacitación del operador, y el post sobre operadores de montacargas detalla las responsabilidades y cómo contratar bien.

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